Apuntes, rayones y manchas de mi vida

La exdiputada es investigada penalmente por la supuesta recepción de contribuciones privadas ilegales mediante estructuras paralelas utilizadas durante la campaña presidencial de 2022.

Por Stella Chinchilla Mora

Pilar Cisneros Gallo figura como imputada en una causa penal relacionada con el presunto financiamiento ilegal de la campaña electoral que llevó a Rodrigo Chaves a la Presidencia de la República en 2022.

El delito investigado se denomina “recepción de contribuciones privadas ilegales” y está contemplado en el artículo 275 del Código Electoral. Aunque se trata de un delito electoral por su naturaleza, su investigación corresponde al Ministerio Público y su eventual juzgamiento se realizaría ante los tribunales penales.

La causa se tramita bajo el expediente 26-000077-0033-PE y se deriva del expediente principal 22-000116-1218-PE.

¿Qué le atribuye la Fiscalía?

La tesis del Ministerio Público sostiene que durante la campaña electoral funcionaron dos estructuras paralelas para captar recursos y pagar gastos proselitistas fuera de los controles del Partido Progreso Social Democrático y del Tribunal Supremo de Elecciones.

Una de esas estructuras habría sido el fideicomiso Costa Rica Próspera. La segunda habría operado mediante cuentas bancarias personales vinculadas con Sofía Agüero Salazar.

Según la acusación presentada por la Fiscalía en junio de 2025, Cisneros habría conocido la existencia y funcionamiento del fideicomiso, participado en el comando de campaña y coordinado productos de comunicación y mercadeo político pagados con recursos procedentes de esa estructura.

La Fiscalía sostiene, además, que Cisneros no denunció las supuestas irregularidades y que su candidatura a diputada se benefició de esos recursos.

Ambas estructuras habrían funcionado sin pasar por la tesorería del PPSD y sin reportar públicamente a los donantes, contraviniendo los principios de legalidad, transparencia y publicidad que regulan el financiamiento político.

El artículo 275 del Código Electoral establece penas de dos a seis años de prisión para candidatos, responsables de campaña o personeros partidarios que reciban contribuciones o aportes mediante una estructura paralela destinada a evadir los controles financieros del partido.

Cisneros rechaza los señalamientos. Ha sostenido que el fideicomiso terminó antes de que comenzara formalmente la campaña electoral y afirma que no tuvo participación en el manejo de esos recursos.

¿Por qué se abrió otro expediente?

En junio de 2025, la Fiscalía presentó una acusación contra Rodrigo Chaves, Pilar Cisneros, Stephan Brunner, Arnoldo André, Luz Mary Alpízar, Waldo Agüero y Paola Nájera. En ese momento ocupaban cargos protegidos por inmunidad.

Cuando Cisneros y otras personas investigadas concluyeron sus funciones y perdieron el fuero, el Ministerio Público extrajo copias del expediente original mediante un procedimiento conocido como “testimonio de piezas”.

Así nació el expediente 26-000077-0033-PE, que permite continuar el proceso por la vía penal ordinaria contra quienes ya no poseen inmunidad.

¿Qué pasó con las notificaciones?

La Fiscalía asegura que intentó localizar a Pilar Cisneros en siete oportunidades durante agosto de 2026.

Funcionarios judiciales acudieron a la vivienda registrada de la exdiputada los días 6 y 17 de agosto. Según el Ministerio Público, en una de esas visitas una persona manifestó que Cisneros ya no vivía allí.

El 20 de agosto se realizaron cuatro llamadas telefónicas. Tres fueron dirigidas a números registrados a nombre de Cisneros. En una cuarta llamada respondió un hombre que se identificó como su esposo, indicó que ella se encontraba fuera del país y proporcionó otro número para contactarla.

La Fiscalía llamó a ese número el 25 de agosto, un día después de la fecha indicada para su regreso. La persona que respondió manifestó que Cisneros no estaba disponible.

El Ministerio Público afirma que durante esas gestiones dejó un número telefónico para que la exdiputada pudiera devolver la llamada.

Cisneros cuestionó esta versión. Aseguró que vive desde hace 17 años en la misma casa, mantiene desde hace 25 años el mismo número telefónico y asiste diariamente a Casa Presidencial, donde trabaja como asesora de comunicación ad honorem.

Alerta migratoria no era orden de captura

Ante la imposibilidad de notificarla, la Fiscalía emitió el 2 de septiembre una alerta migratoria.

La medida no constituía una orden de captura ni un impedimento para salir del país. Su finalidad era que Migración informara inmediatamente a las autoridades judiciales si Cisneros intentaba ingresar o abandonar Costa Rica, para poder localizarla y entregarle la citación.

El 3 de septiembre, Cisneros convocó una conferencia de prensa en las afueras de Casa Presidencial y acusó al fiscal general, Carlo Díaz, de utilizar la causa como una represalia política. Durante la actividad desafió públicamente a la Fiscalía a que llegara a notificarla.

Aproximadamente 25 minutos después, un funcionario judicial se presentó y le entregó la citación en plena conferencia.

Una vez realizada la notificación, la Fiscalía comunicó a la Dirección General de Migración y Extranjería que la alerta debía quedar sin efecto.

La declaración de fondo quedó para octubre

Cisneros se presentó la mañana del 4 de septiembre ante la Fiscalía General acompañada por su abogado.

Permaneció aproximadamente una hora en las instalaciones judiciales. Sin embargo, todavía no rindió una declaración sobre los hechos investigados. Según explicó al salir, únicamente le tomaron sus datos personales y le comunicaron que deberá regresar en octubre, debido a la extensión del expediente y a que su defensa necesita conocer su contenido.

La declaración indagatoria es el acto mediante el cual se informa formalmente a una persona imputada sobre los hechos y pruebas que existen en su contra, y se le brinda la oportunidad de declarar o guardar silencio.

Las futuras notificaciones serán recibidas directamente por su abogado.

Pilar Cisneros no ha sido condenada. Su condición actual es la de imputada dentro de una investigación penal por un presunto delito electoral. Corresponderá al Ministerio Público demostrar la acusación y a los tribunales determinar si existió responsabilidad penal.

Fuentes consultadas: Código Electoral de Costa Rica, Delfino.cr, La Nación, CRHoy y El Observador.


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